Así ganó Xabi Alonso al fisco: un precedente para Ancelotti

La Fiscalía de la Comunidad de Madrid ha condenado al entrenador del Real Madrid a cuatro años y nueve meses de cárcel

El caso de Alonso se convierte en precedente tras ganar un juicio a Hacienda.

La Fiscalía de la Comunidad de Madrid ha condenado a Carlo Ancelotti a cuatro años y nueve meses de prisión por defraudar 1.

62.

79 euros en los ejercicios fiscales de 2014 86.

61 euros.

y 21 67.

718 euros.

La Fiscalía le imputa dos delitos contra el dinero público al considerar que en esos años el directivo del Real Madrid sólo declaró ingresos por su trabajo en el club y omitió ingresos por el uso de derechos de retrato que había cedido a otras entidades, según la Agencia Tributaria.

En este caso, la Agencia Tributaria acusa a Ancelotti de crear una serie de sociedades para cobrar por sus derechos de retrato con el fin de evitar tributar tanto por los ingresos que percibía del Real Madrid como por los que pagaban otras marcas con las que colaboraba.

La Agencia Tributaria española ha señalado que Ancelotti simuló la cesión de sus derechos de retrato a dos sociedades fuera de España en el Reino Unido y en las Islas Vírgenes Británicas.

que no tenían actividad sustancial, para no tener que tributar ni dentro ni fuera de España, ni como persona física ni como persona jurídica declara Fiscala.

Según Fiscala, Carlo Ancelotti había declarado puntualmente su remuneración como directivo del Real Madrid, pero no había declarado todos los ingresos derivados del uso de sus derechos de retrato.

Fiscala considera que los ingresos derivados de los derechos de retrato, que ni Carlo Ancelotti ni las otras dos personas jurídicas declararon, ascendieron a 1.

249.

9 euros en 2014 y a 2.

99.

768 euros en 21.

Por lo tanto, los ingresos percibidos y las devoluciones obtenidas suponen en conjunto que el Ministerio de Hacienda reclama un total de más de un millón de euros en multas, además de una pena de prisión de aproximadamente cinco años en relación con este caso.

Aunque no son pocos los deportistas que han sido acusados de fraude contra el dinero público y han llegado a acuerdos con la Hacienda española por la importancia de sus nombres y cantidades.

, Xabi Alonso fue acusado de tres delitos contra el dinero público en 21, 2011 y 2012, y de ceder sus derechos de imagen a una empresa de Madeira El Ministerio Público decidió llevarle a los tribunales para protestar por su inocencia, ya que la Fiscalía había pedido varios años de cárcel por los delitos.

La ausencia de dolo por parte de Xabi Alonso y sus asesores fiscales fue una de las claves de las tres absoluciones de Alonso ante la Audiencia Provincial de Madrid, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo.

Esto se explica por el hecho de que Xabi Alonso comunicó a Hacienda la existencia de esta sociedad e incluyó en sus declaraciones de la renta la deuda que tenía con esta sociedad por la cesión de los derechos de retrato y el dinero pagado a Alonso por esta sociedad.

La presente sentencia distingue entre la intención de cometer un acto fraudulento secreto contra un contribuyente que presenta una declaración de la renta, aunque reconoce ciertos indicios.

Según esta sentencia, esta conducta es atípica, pero no es constitutiva de infracción penal, ya que no prueba la intención de defraudar, sino una controversia jurídica entre la Administración tributaria y el contribuyente.

La sentencia afirma que esta diferencia de interpretación no puede ser objeto de un proceso penal si se trata de cuánto pagar, es decir, si pagar más o menos, y no de qué o cómo declarar.

El último caso ante el Tribunal Supremo también favoreció al actual entrenador del Bayer Leverkusen, ya que el tribunal anterior había dictaminado que el contrato de cesión de los derechos de retrato no era fraudulento, y la posibilidad de recurrir impidió una nueva valoración de las pruebas.

En este sentido, Xabi Alonso también encontró a su favor que, tal y como informó El Pa en su momento, en este caso, tras varios recursos, la jurisprudencia no permitía que una sentencia absolutoria fuera revocada por una condenatoria sin que se presentaran pruebas en ese juicio.